Río Negro: se aprobó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial
25 de mayo de 2024
Con el apoyo del oficialismo provincial, la UCR, Coalición Cívica-Ari y el PRO se aprobó en primera vuelta una reforma que deja al 30% de los empleados sin posibilidad de representación sindical.
Por Francisco Amustegui
Foto: InfoBariloche
La semana pasada comenzó en Río Negro con un paro provincial de empleados del Poder Judicial buscando frenar la reforma de la Ley K Nº 5190 o Ley Orgánica del Poder Judicial. Luego de tres días de tensiones y reuniones, se discutió y aprobó la reforma en primera vuelta, con 32 votos a favor y 17 en contra.
El reclamo principal que movilizó el paro fue que la reforma deja sin posibilidad de sindicalización y, por lo tanto, sin posibilidad de negociación de paritarias a un tercio de los trabajadores (los llamados “funcionarios de ley”). El texto presente en el artículo 153 de la reforma establece que: "Los funcionarios y las funcionarias de lay mencionados/as en la enunciación del artículo 3 inciso b), no se encuentran comprendidos/as en el ámbito de aplicación de la Ley 5009”. Esta ley, titulada Ley de Convenios Colectivos, regula en Río Negro las negociaciones entre el sindicato SITRAJUR y el Poder Judicial de la provincia. En su artículo 3°, la ley 5009 establece que: “El personal comprendido en el presente alcanza a los empleados del Poder Judicial, entendiéndose por tales a todos sus agentes, independientemente de las categorías y escalafones en los que revistan.”
Durante el debate, el presidente de la bancada de Vamos Con Todos, José Luis Berros, indicó que existen posibilidades de “consecuencias penales al avanzar sobre competencias que no son las nuestras, indirectamente estamos legislando sobre el movimiento obrero organizado que está amparado por la Ley 23551, competencia exclusiva del Congreso de la Nación, y bajo tutela constitucional a través de los convenios de OIT incorporados”.
La reforma también oficializa un régimen muy amplio de sanciones disciplinarias que, según fuentes internas, “da lugar a persecución laboral, porque es muy discrecional qué considera tu jefe que es una falta y qué merece una sanción”. En su intervención, la legisladora Magdalena Odarda, también de Vamos con Todos, explicó que la iniciativa “modifica unilateralmente las relaciones laborales que deberían discutirse en paritaria, como también incorpora nuevos tipos disciplinarios. Es tan absurdo que ni el actual secretario general podría ser representante del sindicato. Deja a un 30% de los actuales afiliados sin cobertura sindical”.
Un cambio positivo que se modificó del proyecto de reforma original está en el art 15. Antes se podía hacer trabajar horas indefinidas de contraturno (“al menos dos horas” dice el texto). Con el cambio, es un máximo de dos, dejando las jornadas para los funcionarios de ley en 8 horas máximo incluyendo el contraturno.
Otra modificación clave que propone la reforma es la del horario de las jornadas laborales. “Cuando uno concursa para el poder judicial, sabe que va a trabajar de 7:30 am a 1:30 pm o hasta las 3:30 si tenés que hacer contraturno. Lo que plantean es que si a vos tu jefe te llama para trabajar en horario vespertino vos tengas que ir. Ese horario no es un horario de funcionamiento del Poder Judicial en ninguna parte del país.”, afirmó una fuente interna.
Respecto a la interferencia de esta reforma con la ley 5099, se publicó desde SITRAJUR un comunicado en el que afirman que esta reforma es un intento oculto de reformar indirectamente la ley de convenios colectivos: “Se elimina de la ley el actual artículo 186 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que dice: ‘lo presente ley no modifica las disposiciones, principios, procedimientos ni alcances de la ley N° 5009.’ Todo esto nos deja muy en claro que la intencionalidad del STJ [Superior Tribunal de Justicia] en su rol de patronal, es desbaratar el ámbito de negociación colectiva, alterando y desnaturalizando la ley 5009, y todo ello escondido en una pretendida reforma de la ley orgánica del Poder Judicial. Basta con ver los fundamentos del proyecto en los que no se menciona en ningún momento que también se pretende reformar la ley 5009 en una clara maniobra para no dar a conocer esta intención.”
El debate para aprobar la ley definitivamente se dará dentro de 20 días según la normativa legislativa de Río Negro.